Es que no soy persona

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Jaime Rubio ha sido absuelto esta mañana del cargo de asesinato, tras un giro inesperado de los acontecimientos, que han pasado a ser los sotneimicetnoca. El juicio se preveía un paseo para el fiscal, quien de hecho se presentó con calzado cómodo y expuso los hechos entre bostezos: Rubio había asestado diecinueve sillazos en la cabeza a un compañero suyo de trabajo, para después arrojarlo por la ventana. “Acto seguido, cogió el ascensor, bajó a la callé y saltó sobre su cabeza una docena veces, salpicando a varios transeúntes”.

El juez hizo una pausa para que el jurado fuera a vomitar antes de que el abogado de Rubio llamara a declarar al acusado. Le preguntó si negaba los hechos relatados por el fiscal y Rubio contestó que no, pero que eso no significaba que hubiera asesinado a nadie, al contrario.

“Verá -siguió Rubio-, este compañero decía cada mañana que hasta que no se tomaba su cortadito de las diez, no era persona. Cada mañana. Sin excepción. Varias veces. Antes y después del café. Que además bajaba a tomar con él, momento que aprovechaba para insistir una o dos veces más en que no era persona hasta que se tomaba este cortadito. No hablaba de un cortado, no, sino de un cortadito. Con el diminutivo incluido. Yo le arrojé por la ventana a las nueve y media, media hora antes de bajar al bar”.

El abogado defensor de Rubio solicitó al juez que sobreseyera la causa, “ya que no se puede hablar de asesinato si Rubio había arrojado por la ventana algo que no era una persona, sino un objeto o como mucho un animal”.

El fiscal arguyó que el compañero de Rubio había dicho que no era persona hasta después del cortadito de las diez, “pero bien podía referirse al cortadito de las diez del día anterior, y por lo tanto todavía sería persona a las nueve y media del día siguiente. No hay por qué suponer que uno deja de serlo cuando se va a dormir”.

Ante la imposibilidad de establecer si se refería o no a ese café anterior y ni tan si quiera si se lo había tomado, el juez dio por bueno el argumento de la defensa, aplicando la presunción de inocencia y, eso sí, condenando a Rubio a pagar los gastos de tintorería de aquellos a quienes había salpicado con la sangre y los sesos de su compañero.

Autor: Jaime Rubio Hancock

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